Por Alberto pinzón Sánchez
La reacción enardecida, pletórica de un provincialismo latifundista
del siglo XIX, con el que la clase dominante y dirigente de Colombia (también
llamada por Jorge Eliecer Gaitán Oligarquía Vendepatria) ha recibido el
reciente fallo de Corte Internacional de Justicia de la Haya sobre el diferendo
colombo- nicaragüense; lo único que está demostrando al mundo es la caducidad
política y la ignorancia de esta clase montada en el Poder por el general F de
P Santander en 1830, a la muerte del Libertador, y que desde entonces ha regido
a sangre, fuego y demagogia, los destinos de Colombia.
LAS DOS FRACCIONES de esta clase social dominante , que actualmente están enfrentadas por
intereses sobre la renta de la tierra, nudo gordiano de la estructura económica
de Colombia, tienen también diferencias políticas de matices en cuanto a dicho
fallo: Una fracción liderada por el gamonal de las sombras Uribe Vélez, quien
haciendo causa común con el actual ministro de defensa Pinzón el bueno, ha
iniciado desde ya una campaña retrógrada, aislacionista y mentirosa para
desconocer el fallo proferido en la Haya, “asumiendo todas las consecuencias” que
se puedan derivar del uso de las armas contra el hermano pueblo nicaragüense, al
que tildan de caterva de comunistas.
La otra, la dirigida por el presidente Santos, sus ministros y
políticos bipartidistas de la Unidad Nacional, tratando de ganar un tiempo
perdido o de corregir un error con otro más grande, como si fueran un avestruz;
proponen en el máximo grado de la ignorancia diplomática y oscurantismo político,
meter la cabeza en la arena y retirarse de la Corte Internacional de Justicia y
demás organismos internacionales, como si con ello se suspendiera el fallo
emitido y se regresara al pasado feliz; argumentando con una simpleza de
colegiala que; “!Nicaragua va por más. Va por San Andrés!”, tal y como lo acaba
de decir sin rubor la canciller Holguín, en el “recinto sagrado de la
democracia colombiana”.
Que saque sus propias conclusiones sobre la concentración de la política exterior en una sola familia y la ignorancia y entrega de la patria que representa. |
Ignorancia supina que oculta deliberadamente dos cosas:
1- La definición tan diciente como
simple que de si misma da la CIJ:
“La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Está encargada de decidir conforme al Derecho Internacional las controversias de orden jurídico entre Estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas que pueden serle sometidas por órganos o instituciones especializadas de la ONU”. http://www.icj-cij.org/homepage/sp/
“La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Está encargada de decidir conforme al Derecho Internacional las controversias de orden jurídico entre Estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas que pueden serle sometidas por órganos o instituciones especializadas de la ONU”. http://www.icj-cij.org/homepage/sp/
2- El carácter de sus miembros y
de sus fallos internacionales:
. . . “Pueden recurrir a la Corte, en materia contenciosa, todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General de la ONU por recomendación del Consejo de Seguridad. Nauru es el único Estado no Miembro que es parte en el Estatuto.
. . . “Pueden recurrir a la Corte, en materia contenciosa, todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General de la ONU por recomendación del Consejo de Seguridad. Nauru es el único Estado no Miembro que es parte en el Estatuto.
EN LO QUE CONCIERNE a las partes, un juicio de la
Corte es vinculante, final y sin posibilidad de apelación y, como
consecuencia de la firma de la Carta de las Naciones Unidas, cada Estado
Miembro de las Naciones Unidas (ONU) se compromete automáticamente a obedecer
cualquier sentencia de la Corte Internacional de Justicia en un asunto en el
cual sea parte. Asimismo, la Carta de las Naciones Unidas contempla en su artículo 94 párrafo segundo la
posibilidad de los Estados de recurrir frente a un incumplimiento de una
resolución de la Corte al Consejo de Seguridad, el cual tiene la potestad de
hacer recomendaciones o dictar medidas con el fin de que se cumpla lo fallado
por parte de la Corte en el caso particular”. (http://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Internacional_de_Justicia).
Mientras los mal llamados “ padres legisladores de la patria” se
debaten en un verdadero esperpento diplomático, construcción máxima de la
demagogia oligárquica colombiana, que retraerá nuestro país al siglo XIX; han desconocido
que la Corte Internacional de Justicia de conformación Trasnacional (15 jueces,
10 de las grandes potencias centrales como EEUU, Francia, Inglaterra, Japón,
China, Rusia, Italia, México, India, Brasil, Nueva Zelandia y 4 países
periféricos de relleno) , ubicada en una de las ciudades más cosmopolitas de
uno de los países más universales de Europa; con este fallo le ha mandado a la
dirigencia colombiana un mensaje de Transnacionalización definitiva, que los
oligarcas dominantes ignoran o no han entendido : ¡Se integran de forma directa
al Caribe, o perecerán como clase opuesta al progreso!
Y en lugar de seguir mirándose el ombligo en Bogotá (la tenaz suramericana)
a dos mil seiscientos metros sobre el nivel del mar y perder tiempo valioso en
debates bizantinos y demagógicos; debieran hacer desde ya lo que la realidad
actual y futura ordena: una integración de pequeñas patrias en una Patria Grande,
como lo enseñó nuestro padre Simón Bolívar.
Un acuerdo DIRECTO Y DEFINITIVO de beneficio mutuo de los intereses colombianos con los
nicaragüenses; por ejemplo doble nacionalidad permanente para los sanandresanos
y raizales. Libre movilidad por todos los países confluentes. Explotación
petrolera conjunta de Ecopetrol y la empresa estatal de Nicaragua, junto con
otros países caribeños que deseen participar. Acuerdos mutuos definitivos, permanentes
y de largo plazo para la pesca, de comunicaciones, aéreos, de seguridad, de
comercio, etc y en fin, un acuerdo de verdadero desarrollo Soberano para toda
la Zona.
Pero no. Según la arcaica ideología latifundista de la intolerancia
dominante en Colombia, de resolver cualquier divergencia mediante las armas y
el extermino del contrario; la Oligarquía Vendepatria toca a redoble el tambor
de la guerra y el atraso del aislamiento internacional, quizás hasta que una
nueva configuración y alianza de clases populares y progresistas entre a regir
el destino soberano de Colombia y, realice latan anhelada integración caribeña
de la Patria Grande.