Ellos no tienen problema con la participicación política, los ex alcaldes Antanas Mockus y Enrique Peñalosa. |
Por Camilo González Posso, director del Centro de
Memoria, Paz y Reconciliación, de Bogotá
La agenda sobre participación política va mucho más
lejos que la definición de garantías o cuotas políticas a las FARC y se
compromete con asuntos de gran calado en la ampliación de la democracia
representativa y en la de participación directa.
Basta leer el punto 2 de la agenda de la Habana
para constatar que ese debate y los posibles pactos conciernen a toda la
sociedad.
1.
“Derechos y garantías para el
ejercicio de la oposición política en general y en particular para los nuevos
movimientos que surjan luego de la firma del Acuerdo Final. Acceso a medios de
comunicación.?
2.
Mecanismos democráticos de
participación ciudadana, incluidos los de participación directa, en los diferentes
niveles y diversos temas.?
3.
Medidas efectivas para promover
mayor participación en la política nacional, regional y local de todos los
sectores, incluyendo la población más vulnerable, igualdad de condiciones y con
garantías de seguridad”.
Los derechos
para la oposición política están relacionados directamente con la arquitectura
institucional de Estado y no solo con las reglas de elecciones a corporaciones.
La pregunta en este terreno no es qué se necesita para desmovilizar a las FARC
sino qué hace falta para que se tenga un régimen representativo democrático,
que no esté controlado por grupos de interés, mafias y clientelas y qué falta
para que sea realidad el Estado Social de Derecho y la democracia
participativa. Un pedazo de ese déficit podrá incluirse en los acuerdos de
aplicación inmediata que se anuncien en La Habana pero lo sustantivo es del
resorte de toda la población y deberá asumirse por mecanismos democráticos y de
soberanía popular.
¿Es suficiente el marco constitucional que define los
derechos de la oposición?
Artículo 112.- Los partidos y movimientos políticos que no participan en el Gobierno
podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste y plantear y
desarrollar alternativas políticas. Para estos efectos, salvo las restricciones
legales, se garantizan los siguientes derechos: de acceso a la información y a
la documentación oficiales; de uso de los medios de comunicación social del
Estado de acuerdo con la representación obtenida en las elecciones para
Congreso inmediatamente anteriores; de réplica en los medios de comunicación
del Estado frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos
proferidos por altos funcionarios oficiales, y de participación en los
organismos electorales. Los partidos y movimientos minoritarios tendrán derecho
a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su
representación en ellos. Una ley estatutaria regulará la materia”. (CPC, 1991)
DESPUÉS DE 21 AÑOS de
haberse aprobado el mandato constitucional, los sucesivos gobiernos y partidos
que los han respaldado, se han negado sistemáticamente a tramitar la ley
estatutaria de derechos para la oposición. Las escaladas de violencia, comprendido
el genocidio contra la Unión Patriótica y el asesinato de decenas de miles de
líderes sociales y políticos, han sido la realidad de los derechos. La negativa
a cumplir los pactos constitucionales sobre derechos de la oposición, suman
estas últimas décadas a tres décadas de prolongación del bipartidismo que
durante el Frente Nacional excluyo por Plebiscito cualquier partido distinto a
los llamados tradicionales y le dio, bajo el régimen del Estado de Sitio y la
doctrina de la “Seguridad Nacional”, tratamiento de guerra a los movimientos
sociales de protesta.
A este nivel se
ha anotado la necesidad de incluir como sujetos de la oposición política a
asociaciones de ciudadanos o de organizaciones civiles conformadas para
intervenir en instancias de la democracia participativa y de control a la
acción pública. Desde el debate constituyente se alertó sobre los riesgos de
limitaciones a la legalidad de los partidos con las definiciones legales sobre
el umbral y el criterio exclusivamente electoral de reconocimiento a partidos,
movimientos o asociaciones políticas; incluso en ese terreno se advirtió que en
razón al derecho a la igualdad, toda organización social puede hacer acciones
de oposición y además se puede pensar en que asociaciones políticas con los
mismos derechos de los partidos cuando tengan como afiliados un número
equivalente al número de votos del parlamentario con los menores requisitos o,
en las entidades territoriales, con el mínimo de votos válidos para elegir un diputado
o concejal en las elecciones anteriores. En el abanico se han escuchado
propuestas con más requisitos, con el argumento de evitar la fragmentación sin
caer en la exclusión.
El monopolio de los medios masivos es parte del
Estado Autoritario
Lo relativo a
la democracia en la disposición, usufructo o propiedad de los medios de
comunicación, también se debatió sin mayor éxito en la Asamblea Constituyente. El
punto de partida ha sido la definición de la comunicación masiva y el uso de la
radio y la televisión como servicios públicos de responsabilidad del Estado
cuyo acceso debe ser garantizado a todos los ciudadanos con criterios de
pluralismo, libertad de expresión, diversidad, responsabilidad y prohibición
del monopolio u oligopolio y del control por poderes económicos, políticos o
corporativos.
Asunto
importante de esa discusión de 1991 fue la necesidad de una regulación exigente
que impida el control por parte de un agente económico o político de una
modalidad de comunicación – sea ella escrita o audio visual – y también el
control por integración vertical de varios medios de comunicación.
Y EN LO RELATIVO A LA OPOSICIÓN y a los movimientos o partidos surgidos en procesos de pactos de paz o
finalización de conflictos armados, se debatió la necesidad de su acceso y
disposición de canales de televisión cadenas de radio. El Noticiero AM PM fue
un ensayo exitoso de esos mecanismos de participación de la oposición en medios
masivos de comunicación. Desafortunadamente esa experiencia se frustró ante al
avance de la privatización de los grandes medios de radio y televisión y su
entrega a los grupos económicos.
El Estatuto de partidos y el de la oposición se han mostrado insuficientes para la democratización del régimen y
la superación de la desigualdad y asimetría extrema en el ejercicio de la
política en contra de quienes no participan en el gobierno nacional o de
entidades territoriales. Las maquinarias regionales o nacionales siguen
reproduciéndose a partir de manejo clientelista y patrimonial del Estado, de
los presupuestos, los sistemas de contratación y el control de entidades
públicas. Y a esto hay que añadir la exclusión o la imposición de
procedimientos que mantienen el monopolio de las vertientes bipartidistas y de
las formaciones de unidad liberal – conservadora, sobre todos los organismos de
control, la función pública, las altas cortes y, en la práctica sobre los
organismos electorales.
Cambiar el régimen
En esa lógica,
para llegar a lo que corresponde a un pacto final de solución del conflicto
armado, hay que tener el panorama general y diseñar la ruta de los posibles
cambios. En La Habana se esperan pactos parciales en esta materia, tan amplios
como sea posible y lo limitados que sea necesario para el anuncio de
terminación definitiva de las hostilidades.
En el Congreso
de la República y en diversos escenarios se han identificado las falencias del
régimen político y los vacíos que quedaron en este terreno cuando se aprobó la
Constitución Política en 1991. Mucho se ha repetido la frase de Álvaro Gómez
Hurtado cuando, en su condición de presidente de la Asamblea Constituyente
afirmo que “hemos cambiado la
constitución pero no el régimen”.
LA CONSTATACIÓN DE ESA APRECIACIÓN se ha tenido en estas décadas en situaciones de cooptación del Estado
por estructuras criminales, mafias, paramilitares, narcoparamilitares y
parapolíticos. Durante los últimos veinte años han sido factor clave en
aparatos del Estado, unas veces con representación directa en más de una
tercera parte del Congreso de la República, otras con notoria presencia en el
ejecutivo y en las coaliciones de gobiernos desde los municipal y departamental
hasta lo nacional. Con esas posiciones de poder han logrado normas y redes
dirigidas a consolidar conquistas políticas o representadas en activos y privilegios
para sus negocios. De modo que desmontar estructuras mafiosas y narco políticas
en el Estado es una necesidad para la democracia y la paz.
Pero la
incidencia de las mafias es solo una parte del problema a superar. Otros
poderes económicos y políticos aún más importantes, han actuado para disputarle
las posiciones a las mafias y también para fortalecer o conformar instituciones
cooptadas y consolidar el modelo neoconservador de Estado al servicio de
grandes negocios. En ese proceso de tensiones y pugnas se han trasformado y
reencauchado las viejas maquinarias bipartidistas y han mutado en un
tripartidismo que mantiene mucho de la vieja matriz en la cual los gamonales
regionales se adaptan y transitan de lado a lado para mantenerse como intermediarios
de grandes intereses y distribuidores corruptos de cuotas y rentas del Estado.
LA CONTRARREFORMA QUE SE INICIÓ al otro día de la aprobación de la Constitución de 1991, como se
evalúa en el libro Memorias para la democracia y la paz, a los 20 años de la
Asamblea Constituyente, ha avanzado mucho con más de 25 actos legislativos y un
arsenal de leyes. En esa evaluación se señala que “no se ha llegado hasta la
destrucción de lo esencial del orden constitucional y que con el actual se
podrían revertir construcciones legislativas que han ido montando un régimen
ultrapresidencialista y autoritario. Pero no faltan voces que llaman la
atención sobre la fractura que han significado reformas como la de la
reelección, el retorno de cuotas de clientela desde el presupuesto de la
nación, el dominio de las Cortes y de los órganos de control por los herederos
del bipartidismo, la superposición del megaderecho a la sostenibilidad fiscal
por encima de todos los derechos. Se eliminó la norma constitucional que dejaba
la posibilidad a la expropiación sin indemnización y en cambio se instituyó legalmente la propiedad de
títulos mineros como un derecho por encima de toda otra propiedad. Con la
reforma a la justicia que ya ha sido aprobada en primera vuelta, se debilita la
independencia de las Cortes, se favorece a los congresistas ante procesos
similares a los de la parapolítica y se mantienen los graves problemas de falta
de acceso y diligencia en el aparato judicial”. (González, 2012)
“Todo este panorama conduce a aceptar que si se pretende un marco
jurídico para la paz definitiva y la transición completa al fin de los
conflictos armados y a una sociedad no violenta, aún quedan cambios
constitucionales por hacer. Algunos de esos cambios quedaron pendientes en
1991, como los relativos al ordenamiento territorial, revocatoria ciudadana del
mandato, moción de censura y otros contenidos de la democracia participativa,
democratización del sistema de partidos, regulación contra el monopolio u
oligopolio en los medios masivos de comunicación y en el control del campo
electromagnético. Muchos constituyentes han señalado que quedó pendiente un
régimen tributario verdaderamente progresivo y de solidaridad, una
institucionalidad fuerte para la protección de los recursos naturales y del
reconocimiento efectivo del derecho al agua, a la democratización de la
propiedad de la tierra y de los derechos básicos universales”. (González, 2012)
Por supuesto
que todos estos temas no están en la agenda de La Habana, pero en cambio si
deben estar en la agenda de la sociedad para la construcción de la paz.
En La Habana no
termina la construcción de paz y democracia y mayor será el aporte si hay
coincidencias sobre los procedimientos a seguir para que la sociedad entera
complete la tarea de hacer realidad en Colombia la democracia representativa y
la de participación.